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viernes, mayo 04, 2007

Comunicado de la AED sobre la lista negra de 15000 independentistas vascos

La Asociación Europea de Abogados Demócratas AED ha tenido conocimiento de la existencia de un archivo de 15.000 nombres de ciudadanos y ciudadanas vascas que estarían incapacitadas para concurrir a las elecciones. Más aún, su mera presencia en candidaturas electorales sería suficiente para que esa candidatura sea ilegalizada y expulsada de la pugna electoral.

Estas personas no sufren semejante merma de su derecho de sufragio pasivo en base a un procedimiento judicial con todas las garantías, sino que responde a una actuación administrativa discrecional que llevaría a incluir en estas listas a personas que se han visto sujetas a investigaciones policiales, que han participado en movilizaciones o manifestaciones, que han comunicado con presos o que han participado en anteriores candidaturas electorales que después fueron ilegalizadas o incluso como apoderados o interventores en el proceso electoral.

Las gestiones que han realizado los compañeros de la Asociación de abogados vascos- Eskubideak para tener más datos sobre la existencia de esas listas y los datos que ellas se incluirían han sido infructuosas. Sin embargo, su existencia es evidente en la medida de que el Ministerio fiscal se apoya en algún tipo de fichero de estas características para impugnar las candidaturas presentadas hasta ahora para participar en las elecciones del próximo 27 de mayo a municipios y juntas provinciales, así como al Parlamento de la Comunidad Foral de Navarra.

Esto es una gravísima agresión al derecho a la privacidad e intimidad que contraviene la propia legislación Europea[1] y española[2] en materia de protección de datos de carácter personal y al derecho de los ciudadanos a conocer qué datos se recogen en estas listas y con qué objetivo. Pero además, reviste una gravedad especial por cuanto supone la vulneración del derecho de sufragio pasivo –a ser elegido- de una parte importante de la sociedad vasca que se vería privada del derecho a concurrir libremente a las elecciones. Esta situación contaminaría el propio proceso electoral que presentaría un déficit democrático insalvable. Consideramos además que este tipo de medidas no aportan nada positivo a la resolución en términos democráticos del conflicto político que todavía hoy sacude al País Vasco y el Estado español.

Es por lo que AED

* Requiere a las autoridades españolas a reconocer la existencia de estos ficheros e informar a los ciudadanos incluidos en ellos.

* Insta a que reconozca la ilegalidad de la propia existencia de estos archivos, suprima sus efectos y repare a las personas en ellas ilegítimamente incluidas.

* Requiere a las autoridades españolas a que abran un proceso para derogar la Ley de partidos, que se encuentra en la base de este procedimiento y que organismos internacionales y domésticos ya han censurado en numerosas ocasiones.

* Hace un llamamiento a que se adopten las medidas tendentes a asegurar unas elecciones con todas las garantías democráticas con la presencia de todas las fuerzas políticas.

Munich 21 de abril de 2007

NOTAS

[1]Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995 relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, artículo 1: “los Estados miembros garantizarán, con arreglo a las disposiciones de la presente Directiva, la protección de las libertades y de los derechos fundamentales de las personas físicas, y, en particular, del derecho a la intimidad, en lo que respecta al tratamiento de los datos personales” .

[2] LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Artículo 1: “La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

*No sé la fuente, lo he sacado de aquí.